Por Francisco Javier Sierra Corrales
Cianuro en gotas XXVI
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Paralelamente,
el estado Venezolano, de una forma contranatura, tomando en cuenta que
supuestamente es un gobierno de izquierda, ha venido entregando alias
“deportando” a luchadores por la libertad e independencia Vascas, que el
tribunal de DDHH de la Unión Europea en Estrasburgo, liberó a 45 de estos. Así será de primitiva la política
“anti-terrorista” del reino de España, que la neoliberal y arrastrada al
imperialismo yanqui Europa, puso en libertad a 45 luchadores e independentistas
vascos, descartando la “doctrina Parot”, doctrina anti-terrorista primitiva (De
la naturaleza de la Act Patriot y seguridad nacional, ambas gringas) de España,
basado en esta doctrina es que España pide la cabeza de libertarios Vascos y el gobierno
“Bolivariano Revolucionario” se las concede, esta doctrina acorde a nuestra
leyes es inconstitucional.
Cianuro en gotas XXVII
Aunque
no comparto la opinión de Alberto Nolia de mandarle “mensajes García” al TSJ
para que revoque la diputación del “Mazuco”, ya que este TSJ, es de la “misma
línea” de la Fiscalía. Mazuco, José Sánchez Montiel quien quedó electo como
Diputado por el Zulia, diputación que logra este sujeto gracias a la Fiscalía
quien se retardó en hacer las imputaciones, no me extraña para nada que ese
retardo haya sido intencional o “convenido” con la ultraderecha, no sería la
primera vez que la Fiscalía de los Morales Bello-Rodríguez-Ortega, haya hecho
esto. El TSJ tiene elementos suficientes para revocarle la diputación a Mazuco
y ejemplos internacionales sobran, nada mas hay que ver a Jorge Videla, el
golpista y criminal de lesa humanidad, ya anciano y haber prescrito el asunto y
de paso con un indulto emitido por un decreto denominado “punto final”, por el
neoliberal Presidente Menen, no obstante fue condenado a 200 años de prisión y
casi inmediatamente después de la sentencia, desencarnó; y ni hablar de los
criminales nazis, recientemente expirado el ultimo que quedaba en Francia.
Cuando se trata de crímenes de lesa humanidad no procede ni la prescripción, ni
la inimputabilidad por la edad, ni siquiera un sobreseimiento anterior, ya sea
dado por un tribunal o por un decreto de indulto o ley de amnistía.
En
el caso de Mazuco, la víctima, a la cual el asesinó, se trataba de un preso,
que de paso era funcionario del gobierno nacional, y de paso, por si fuese
poco, estaba haciendo una investigación, precisamente en contra de la
Gobernación del Estado Zulia del ex-gobernador Rosales, investigación en donde
estaba involucrado el, sus jefes, el Secretario de Seguridad Henry López Sisco
y el Gobernador y José Sánchez Montiel era el jefe de la policía del Zulia, y
la víctima, funcionario investigador de la Inteligencia Militar era un preso
(Aquí cabe perfectamente la palabra secuestro o privación ilegitima de
libertad), en los calabozos de la policía zuliana a donde fue el propio Mazuco
y lo asesinó. No estamos hablando para nada de un crimen político sino un
crimen vil de alguien que tenía
autoridad y el muerto es una persona que está bajo su custodia, es decir, aquí
hubo motivos fútiles, alevosía, ventaja, etc., etc., pero lo peor de todo es que
este tipo de crímenes (Homicidio) cuando es el guardián que mata a su
custodiado, se le considera de violación grave a los derechos humanos y es de
lesa humanidad por ser el autor un funcionario con poder y la victima estar
indefensa, es un crimen de lesa humanidad; por lo tanto la inmunidad
parlamentaria no puede superior al castigo a un delito de lesa humanidad,
aunque creemos en la institución de la “inmunidad parlamentaria” pero en estos
caso, al igual que con Videla en Argentina y Ríos Montt en Guatemala (Aunque
quedo en libertad por una decisión de una corte cómplice, se le abrió juicio a
pesar que había una decisión con autoridad de cosa juzgada y un indulto
presidencial anterior), haya elementos para que la sala reabra el caso, tomando
en cuenta estos antecedentes o argumentos internacionales que son las
tendencias de las doctrinas que prevalecen en el mundo actual.
NO HAY PARANGÓN ENTRE DAVID NIEVES Y MAZUCO
El
argumento más fuerte que esgrimen adecos, copeyanos, derivados y conexos, es
que así como se le indultó a David Nieves en los 70, por haber obtenido la
diputación con el voto popular, asimismo, Mazuco merece igual trato y agregan
que “lo que es igual, no es trampa”. Este argumento es un sofisma, en donde más
ignorante no es quien lo dice, porque evidentemente es un vivo manipulador,
sino quien se lo cree.
Primero,
David Nieves es reo por el delito de secuestro por razones políticas, no
extorsivas, en donde se buscaba propaganda, aumento a los trabajadores y
reparto de comida en zonas aledañas a donde funcionaba la empresa en el Estado
Aragua, pero lo más importante era señalar que William Frank Niehaus era un
agente de la CIA disfrazado de “gerente” de una empresa, es decir, Niehaus
venía a Venezuela a espiar al estado venezolano, era un funcionario encubierto
que estaba actuando sin autorización del estado nacional, si bien aquí estamos
hablando de varios delitos, los móviles de ese delito son políticos, están
inscritos dentro de una estrategia política, independientemente que no solo se
esté en desacuerdo con esa acción sino que uno la rechace y la condene, el
móvil es político y no busca el enriquecimiento personal ni se asesina por
motivos banales o superfluos. Eso es una diferencia sustancial.
Además
David Nieves, como un varón asumió su responsabilidad, es decir, hizo una
confesión calificada, dijo el porqué participó en el crimen y de paso lo
justificó (Aunque él ni sabía ni estuvo de acuerdo con ese secuestro), muy por
el contrario de los Generales “preñados de buenas intenciones” que jamás
llegaron a reconocer la conspiración, por lo que no lograron graduarse de
conspiradores, no pasaron del rango de aprendices, puesto que todo conspirador
que se respete, y una vez fracasada
esta, inmediatamente debe asumir la responsabilidad de la conspiración, esto
forma parte de un “manual” del conspirador no escrito, puesto que ese
reconocimiento se efectúa para que la tropa y los oficiales de bajo rango
salgan en libertad y continúen la subversión, y sea uno o unos pocos quienes
vayan preso. Debo decirles que la conspiración se asimila a un delito político
porque busca derrocar el gobierno que son razones políticas. Pero el caso de
los militares golpistas venezolanos, ellos recomendados por abogados de mafias,
que la orden, en estos casos es desconocer el delito (malandro es malandro),
pero esa no es la dinámica en los casos de las conspiraciones y las
subversiones, ya que hay subalternos, seguidores y pueblos a quienes dar el
ejemplo para que continúen la lucha.
Pero
indistintamente que considero que hay elementos suficientes para revocar la
diputación de Mazuco, en la doctrina internacional, no creo que el TSJ haga
eso, y en eso no coincido con Nolia, ya que eso es un “tubo” (Fiscalía, TSJ,
Contraloría, Defensoría del Pueblo, CNE, Ejecutivo), y no creo que “le pise” la
manguera.
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