Prensa Opción Obrera 27 Enero
Por Roberto Yépez
Por Roberto Yépez
El gobierno venezolano ordenó la ¡Inmediata libertad! para
Julián Conrado, a través de una instrucción de la Sala de Casación Penal del
Tribunal Supremo de Justicia, y a petición de la fiscalía del Ministerio
Público, luego que el gobierno colombiano retirara la solicitud de extradición
del militante de las FARC. Cuestión que, como vemos, depende del recule
colombiano porque de lo contrario Julián Conrado se pudre detenido en el país.
El comunicado oficial del TSJ fechado el 9 de enero de 2014,
que reproduce la web de Agencia de Noticias Nueva Colombia, ANNCOL, tradicional
vocero de las FARC-EP, (anncol.eu, 10/01/2014), establece que “La Sala de
Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia conjunta, declaró
desistida la extradición pasiva en contra del ciudadano de nacionalidad
colombiana, Guillermo Enrique Torres Cueter –alias Julián Conrado–, en virtud
de que la República de Colombia dispuso retirar y cancelar, con carácter
inmediato, las solicitudes de extradición requeridas al Estado venezolano “.
Una declaración de prensa por parte del gobierno de Maduro
(aporrea.org, 09/01/2014), dando cuenta del traslado de Julián Conrado a Cuba
como parte integrante de la Mesa de Diálogo de Paz entre el Gobierno de la
República de Colombia y las FARC, constituida en la ciudad de La Habana,
República de Cuba, dice proceder “en el marco de sus competencias
constitucionales y legales” tras 2 años y medio de su detención, desconociendo
la solicitud de asilo político presentada por Julián Conrado al entonces
ministro de relaciones exteriores, Nicolás Maduro, el 20 de julio de 2011. La
solicitud fue redactada en la tapa de un libro y entregada a FUNDALATIN quienes
luego la someterían formalmente ante la cancillería venezolana y ante el Alto
Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), Mohamed Alwash,
en la sede de la oficina de ACNUR en Caracas (aporrea.org, 24/06/2013).
Ni la cancillería venezolana ni ACNUR se pronunciaron
durante ese tiempo siendo cómplices violatorios del derecho de asilo y de
elementales normas de derechos humanos. Julián Conrado fue detenido en una
operación conjunta del DAS colombiano y autoridades competentes venezolanas,
mientras se alojaba convaleciente de su precario estado de salud junto con su
compañera en una casa en Barinitas, Edo. Barinas.
La situación y ubicación de Conrado se supo después de 62
días de realizado el secuestro, por una fuga de información, una nota escrita
por Conrado que un soldado custodio dio a conocer.
Esta detención fue realizada sin ningún fundamento jurídico
y violentando tratados del Derecho Internacional Humanitario DIH, acordado
entre los países capitalistas en los Convenios de Ginebra en Agosto 1949 y
suscrito posteriormente por Venezuela durante la dictadura de Pérez Jiménez, lo
que demuestra que son sólo papeles firmados a conveniencia, letra muerta y que
actualmente siguen esa tradición.
Con su llegada a Cuba un comunicado de las FARC establece
que “Mientras atendemos su precario estado de salud, el mencionado compañero
estará al margen de actividades relacionadas con las conversaciones de paz”
(aporrea.org, 10/01/2014).
POR EL DERECHO AL ASILO DE LOS LUCHADORES EN CONTRA DE LOS
GOBIERNOS CAPITALISTAS
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